Sanciones
Multas por no llevar el registro de jornada en la construcción
La Inspección de Trabajo no necesita una denuncia para pedir el registro de jornada en una obra: lo pide en cualquier visita. Si no existe, está incompleto o no es fiable, la empresa se enfrenta a una infracción grave. Esto es lo que dice la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social, cuánto puede costar y qué mira el inspector.
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Qué infracción es
El artículo 7.5 de la LISOS tipifica como infracción grave la transgresión de las normas y los límites legales en materia de jornada, trabajo nocturno, horas extraordinarias, horas complementarias, descansos, vacaciones, permisos, registro de jornada y, en general, el tiempo de trabajo. El registro de jornada se cita expresamente desde la reforma de 2019, así que no llevarlo, llevarlo a medias o llevarlo de forma que no refleje la hora real entra de lleno en ese artículo.
Cuánto puede costar
Las infracciones graves en materia de relaciones laborales se sancionan, según el artículo 40.1.b de la LISOS en su redacción vigente desde el 1 de octubre de 2021, con multa de 751 a 1.500 euros en su grado mínimo, de 1.501 a 3.750 euros en su grado medio y de 3.751 a 7.500 euros en su grado máximo.
El grado lo fija la Inspección con los criterios del artículo 39: la negligencia o intencionalidad, el fraude o connivencia, el incumplimiento de advertencias previas, la cifra de negocios de la empresa, el número de trabajadores afectados y el perjuicio causado. Una obra con treinta personas sin registro no suele quedarse en el grado mínimo.
El proyecto de ley de reducción de la jornada preveía elevar la sanción a hasta 10.000 euros por trabajador afectado; el Congreso lo rechazó en septiembre de 2025. A 26 de octubre de 2026 los importes son los del artículo 40. Si cambian, actualizaremos esta página.
Una multa por empresa o por trabajador
Con la ley vigente se sanciona cada infracción, y la Inspección suele apreciar una infracción por empresa o por centro de trabajo, graduada por el número de trabajadores afectados. Hay actas que han contado una infracción por cada trabajador cuando la omisión era individual, y es un punto discutido en los tribunales. En la práctica no conviene contar con una sola multa pequeña: cuantos más trabajadores sin registro, más alto el grado.
Qué mira el inspector en una obra
Que exista un registro diario con la hora concreta de inicio y fin de la jornada de cada persona, no un cuadrante teórico ni un horario de convenio copiado. Que se conserve cuatro años y esté a disposición de los trabajadores, de sus representantes y de la propia Inspección. Que cuadre con las nóminas y con el resumen de horas extraordinarias del artículo 35.5 del Estatuto.
También mira lo que delata un registro falso: todos los días con la misma hora exacta, firmas en blanco, hojas rellenadas el viernes de memoria, trabajadores que figuran en obra cuando el parte diario dice otra cosa. Cada subcontrata responde de su propio registro; el Libro de Subcontratación no lo sustituye.
Si además hay horas extra sin registrar
Las horas extraordinarias no registradas son otra infracción grave del mismo artículo 7.5, y si no se han pagado ni cotizado, la Inspección puede levantar acta de liquidación por las cuotas de la Seguridad Social que faltan, con sus recargos. El registro de jornada es la prueba de cuántas horas se hicieron: sin él, la Inspección reconstruye las horas con lo que encuentra, y rara vez a favor de la empresa.
Cómo evitarla
Un registro que cumpla lo que pide la ley y lo que busca el inspector: diario, con la hora real de entrada y salida, hecho por el propio trabajador, que no se pueda retocar sin dejar rastro y que se pueda exportar en minutos por obra o por trabajador. En Obrelier cada persona ficha con la app en la propia obra; si un responsable cierra un turno, queda registrado quién lo hizo y por qué; los registros se conservan cuatro años y el trabajador ve sus horas en la app. La hoja de papel sigue valiendo como respaldo, no como sistema.
Fuentes
Ten el registro listo para la Inspección
Treinta minutos sobre una obra real: quién está en obra, qué se está acabando y qué ve la oficina. Elige la hora que te venga bien.
Preguntas
¿Cuál es la multa mínima por no tener registro de jornada?
751 euros, el grado mínimo de una infracción grave según el artículo 40.1.b de la LISOS. El grado medio llega a 3.750 euros y el máximo a 7.500 euros, y la Inspección gradúa según el número de trabajadores afectados, entre otros criterios.
¿Prescribe la infracción?
Las infracciones en el orden social prescriben a los tres años desde la fecha en que se cometieron (artículo 4.1 de la LISOS), con las excepciones que fija ese mismo artículo.
¿Vale un Excel o una hoja de papel?
La ley no fija hoy el formato, pero exige un registro diario fiable con la hora real de inicio y fin. Un Excel rellenado el viernes o una hoja firmada en blanco no lo es, y es lo primero que un inspector detecta.
¿Y si el trabajador se niega a fichar?
La obligación de garantizar el registro es de la empresa, y es la empresa la que responde ante la Inspección. Conviene tener el sistema escrito, informar a la plantilla y dejar constancia de los incumplimientos individuales.
¿Esto es asesoramiento legal?
No. Resumimos la LISOS y el Estatuto de los Trabajadores a 26 de octubre de 2026, con enlaces a las fuentes. Para tu caso concreto, consulta con tu asesoría laboral o tu gestoría.
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